A partir de noviembre de 2026, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) aplicará un nuevo criterio de fiscalización que podría traducirse en multas de hasta S/27,500 para micro y pequeñas empresas que no cumplan con determinadas obligaciones formales. Lo que antes podía resolverse con una advertencia o una multa menor, ahora tendrá consecuencias económicas de primer orden para negocios que operan con márgenes ajustados. Si usted es dueño de una MYPE, contador de una pequeña empresa o gerente de un negocio en crecimiento, este artículo le explica —en términos claros— qué está cambiando, a quiénes afecta y, sobre todo, qué puede hacer antes de que sea demasiado tarde.
¿Qué es el nuevo criterio de SUNAT y por qué afecta a las MYPE desde noviembre 2026?
La SUNAT ha venido perfeccionando durante los últimos años su enfoque de fiscalización masiva mediante el cruce automático de información. A diferencia de las auditorías tradicionales —largas, costosas y focalizadas en grandes contribuyentes—, la entidad recaudadora ha desarrollado sistemas de inteligencia artificial y analítica de datos que le permiten detectar inconsistencias en tiempo real: comprobantes de pago emitidos fuera de plazo, diferencias entre lo declarado en el PDT y las ventas reportadas por terceros (bancos, plataformas de comercio electrónico, marketplaces) y omisiones en la emisión de facturas electrónicas.
El nuevo criterio, cuya entrada en vigor está programada para noviembre de 2026, ajusta los parámetros con los que SUNAT califica una infracción formal como grave en el caso de las MYPE. En concreto, según la información difundida por medios especializados como Infobae Perú, el ajuste modifica los tramos de cálculo de la multa vinculada a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) —actualmente fijada en S/5,500 para el ejercicio 2026— de manera que la sanción máxima aplicable a una micro o pequeña empresa puede llegar a equivaler a cinco UIT, es decir, S/27,500.
Lo relevante aquí no es solo el monto: es que estas infracciones pueden detectarse de forma automática y notificarse electrónicamente al buzón SOL del contribuyente, sin una visita previa del fiscalizador. Muchos empresarios se enteran de la multa cuando ya está firme y con intereses moratorios acumulados.
¿A qué tipo de infracciones formales se aplica esta multa de hasta S/27,500?
El régimen sancionador del Código Tributario peruano distingue entre infracciones sustanciales (no pagar el impuesto) e infracciones formales (incumplir obligaciones de forma: emitir comprobantes, llevar libros contables, declarar en plazo, etc.). La nueva escala que entra en vigor en noviembre se concentra, principalmente, en las siguientes conductas:
- No emitir comprobantes de pago cuando la operación lo exige, incluyendo boletas, facturas o tickets electrónicos.
- Emitir comprobantes de pago sin los requisitos mínimos establecidos por la normativa de comprobantes de SUNAT.
- No llevar los libros y registros contables exigidos según el régimen tributario al que pertenece la empresa (RER, RMT, Régimen General).
- Transportar bienes sin el correspondiente comprobante o guía de remisión vigente.
- No presentar declaraciones juradas dentro de los plazos establecidos en el cronograma de obligaciones mensuales.
La clave está en que, con el nuevo criterio, SUNAT dejará de aplicar gradualidad automática —el régimen que hasta ahora reducía las multas cuando el contribuyente subsanaba voluntariamente la infracción— en determinados supuestos de reincidencia o cuando la infracción es detectada por la propia administración antes de que el contribuyente la corrija.
Lo que esto implica para tu empresa
- Audita tu sistema de emisión de comprobantes electrónicos hoy mismo. Verifica que tu software de facturación electrónica esté actualizado, que todos los puntos de venta estén declarados ante SUNAT y que ningún colaborador emita comprobantes manuales donde corresponda el formato electrónico. Un solo comprobante omitido ya genera infracción.
- Revisa tu estatus de libros electrónicos en el PLE. Si tu empresa superó los umbrales de ingresos que obligan a llevar el Programa de Libros Electrónicos, confirma que los libros estén al día y enviados. La falta de envío oportuno es una infracción autónoma que puede acumularse con otras.
- Establece un calendario tributario interno con alertas. Nombre a un responsable —contador externo o interno— que tenga un cronograma actualizado con las fechas de declaración mensual según tu RUC. El desconocimiento del plazo no exime de la multa.
- Consulta con un abogado tributarista si ya tienes una resolución de multa notificada. Existen recursos impugnativos —reclamación ante SUNAT y apelación ante el Tribunal Fiscal— con plazos estrictos. Actuar tarde puede significar perder la posibilidad de reducir o anular la sanción.
Cuadro comparativo: escala de multas formales para MYPE antes y después de noviembre 2026
Para entender la magnitud del cambio, resulta útil comparar cómo se calculaban las multas bajo el esquema anterior y cómo quedarán tras la entrada en vigor del nuevo criterio. Los montos expresados en UIT se convierten a soles tomando como referencia la UIT 2026 de S/5,500.
| Tipo de infracción formal | Multa anterior (referencial) | Multa nueva desde nov. 2026 | Régimen de gradualidad |
|---|---|---|---|
| No emitir comprobante de pago | 1 UIT = S/5,500 | Hasta 5 UIT = S/27,500 | Reducida o eliminada si es reincidencia |
| Emitir comprobante sin requisitos | 30% de la UIT = S/1,650 | Hasta 1 UIT = S/5,500 | Subsanación voluntaria: 50% de descuento |
| No llevar libros contables obligatorios | 0.6% de los ingresos netos | Hasta 3 UIT = S/16,500 | Reducida si subsana antes de requerimiento |
| No presentar declaración jurada mensual | 1 UIT = S/5,500 | 1 UIT = S/5,500 (sin cambio) | 90% descuento si subsana voluntariamente |
| Transportar bienes sin guía de remisión | 1 UIT = S/5,500 o comiso | Hasta 5 UIT = S/27,500 o comiso | Sin gradualidad en casos de comiso |
Nota: Los montos indicados son referenciales conforme a la información de dominio público disponible a la fecha de publicación. Para conocer los importes exactos aplicables a su caso, consulte directamente el Código Tributario — SUNAT y la tabla de infracciones y sanciones vigente.
El régimen de gradualidad: su mejor escudo legal si actúa a tiempo
Uno de los mecanismos más valiosos del sistema tributario peruano —y uno de los menos aprovechados por los empresarios MYPE— es el régimen de gradualidad. Este régimen permite reducir significativamente el monto de una multa si el contribuyente subsana la infracción de forma voluntaria, es decir, antes de que SUNAT la detecte y notifique formalmente.
La lógica es sencilla: si usted descubre que omitió emitir un comprobante de pago o que no presentó una declaración jurada a tiempo, puede corregirlo proactivamente y pagar la multa reducida —que puede llegar a ser hasta un 90% menor que la sanción base— en lugar de esperar a que SUNAT lo detecte y le notifique la resolución de multa completa.
Sin embargo, el nuevo criterio de noviembre 2026 restringe la aplicación de gradualidad en los siguientes supuestos:
- Cuando el contribuyente ya fue sancionado por la misma infracción en los últimos 24 meses (reincidencia).
- Cuando la infracción es detectada por SUNAT antes de que el contribuyente la subsane.
- En casos de comiso de bienes, donde la gradualidad no aplica sobre los bienes ya retenidos.
Esto significa que la ventana para actuar proactivamente —antes de noviembre— es estrecha y valiosa. Cada mes que pasa sin revisar el estado tributario de su empresa es un mes de mayor exposición.
Pasos concretos para que su MYPE esté lista antes de noviembre 2026
La buena noticia es que la mayoría de las infracciones que SUNAT fiscaliza son prevenibles con orden, información y un sistema de control mínimo. A continuación, le presentamos una lista de pasos accionables que puede iniciar esta semana:
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1
Solicite un diagnóstico tributario a su contador
Pida a su contador o asesor contable que revise los últimos 12 meses de declaraciones mensuales, comprobantes emitidos y libros electrónicos. El objetivo es identificar inconsistencias antes de que lo haga SUNAT. Este diagnóstico debe incluir la comparación entre las ventas declaradas y los comprobantes registrados en el SEE (Sistema de Emisión Electrónica).
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2
Verifique su régimen tributario actual y sus obligaciones específicas
Ingrese a SUNAT Operaciones en Línea (SOL) y confirme en qué régimen está su empresa (RUS, RER, RMT o Régimen General). Cada régimen tiene obligaciones distintas: no todas las empresas deben llevar los mismos libros ni emitir los mismos tipos de comprobantes. Un error de categorización puede generar infracciones innecesarias.
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3
Actualice o migre su sistema de facturación electrónica
Asegúrese de que su software de facturación electrónica esté homologado por SUNAT y que genere correctamente el XML y el Código de Respuesta (CDR). Si usa un proveedor de servicios electrónicos (PSE), verifique que esté activo y que las facturas se estén enviando efectivamente al sistema de SUNAT, no solo guardándose en su computadora.
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4
Subsane voluntariamente las infracciones detectadas
Si el diagnóstico revela declaraciones no presentadas, comprobantes omitidos o libros atrasados, corríjalos de inmediato y acójase al régimen de gradualidad antes de que SUNAT los detecte. El ahorro puede ser de hasta 90% sobre la multa base. Un abogado tributarista puede orientarle sobre el procedimiento correcto de subsanación para que el beneficio sea válido.
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5
Establezca un protocolo interno de cumplimiento tributario
Designe a una persona responsable del cumplimiento tributario mensual, cree un calendario con las fechas límite según su RUC, y establezca una revisión trimestral obligatoria. En empresas pequeñas, el dueño suele ser el último en enterarse de un problema tributario. Cambiar ese patrón puede evitar multas millonarias.
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6
Consulte con un abogado especializado si ya tiene resoluciones pendientes
Si SUNAT ya le ha notificado resoluciones de multa, órdenes de pago o resoluciones de determinación, no espere. Los plazos para interponer recursos de reclamación son de 20 días hábiles desde la notificación. Pasado ese plazo, la resolución queda firme y ejecutable. Un abogado tributarista puede evaluar si procede impugnar, acogerse a fraccionamiento o negociar una deuda tributaria.
Preguntas frecuentes sobre las nuevas multas SUNAT a MYPE desde noviembre 2026
En el Perú, la clasificación como micro o pequeña empresa se rige por la Ley MYPE (Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial). Una microempresa tiene ventas anuales de hasta 150 UIT (S/825,000 con la UIT 2026), mientras que una pequeña empresa tiene ventas de entre 150 y 1,700 UIT (hasta S/9,350,000 aproximadamente). Sin embargo, para efectos tributarios, lo relevante es el régimen en que está inscrita su empresa en el RUC. Le recomendamos verificar su estatus en SUNAT SOL y, si tiene dudas sobre su categorización, consultar con un asesor antes de noviembre.
No es automática en todos los casos, pero el proceso puede ser más rápido de lo que muchos empresarios esperan. SUNAT emite una Resolución de Multa que se notifica al buzón electrónico SOL del contribuyente. Muchas empresas no revisan su buzón SOL con regularidad, por lo que la resolución puede quedar firme sin que el dueño lo sepa, generando intereses moratorios adicionales. Una vez notificada, el contribuyente tiene 20 días hábiles para interponer un recurso de reclamación. Si no lo hace, la multa es ejecutable coactivamente.
Sí. SUNAT cuenta con un régimen de fraccionamiento tributario que permite pagar deudas tributarias —incluyendo multas— en cuotas mensuales. Para acceder, la deuda debe estar exigible y el contribuyente no debe tener otro fraccionamiento vigente incumplido, entre otros requisitos. El fraccionamiento devenga intereses, por lo que no elimina la deuda, sino que la hace más manejable en el tiempo. Es importante solicitarlo oportunamente y no dejar que la deuda sea derivada a cobranza coactiva, lo que puede resultar en embargo de cuentas bancarias o bienes.
En principio, el principio de irretroactividad de las normas tributarias sancionadoras protege al contribuyente: una infracción se sanciona con las normas vigentes al momento en que se cometió. Si la infracción ocurrió antes de noviembre de 2026 y fue notificada bajo el esquema anterior, el nuevo criterio no debería aplicarse retroactivamente. Sin embargo, si la infracción se comete o se detecta después de la entrada en vigor del nuevo criterio, la nueva escala será aplicable. Ante cualquier duda sobre una notificación específica, es indispensable la revisión de un abogado tributarista.
Tanto los abogados tributaristas como los contadores especializados pueden intervenir en procedimientos ante SUNAT, pero sus roles son complementarios. El contador es clave para la revisión de cifras, la preparación de la documentación sustentatoria y la corrección de declaraciones. El abogado tributarista es indispensable cuando la controversia requiere argumentación jurídica: impugnación de resoluciones, recursos ante el Tribunal Fiscal, demandas contencioso-administrativas ante el Poder Judicial o denuncias de nulidad por vicios procedimentales. Para multas de S/27,500, la intervención conjunta de ambos profesionales es la estrategia más eficaz.
¿Su empresa está expuesta a las nuevas multas de SUNAT desde noviembre 2026?
En La Rosa & Abogados contamos con un equipo especializado en derecho tributario y comercial que puede revisar el estado de cumplimiento de su empresa, gestionar impugnaciones ante SUNAT y el Tribunal Fiscal, y diseñar un protocolo preventivo a su medida. No espere a que la multa llegue a su buzón SOL.
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